De acuerdo con la normatividad legal vigente en Colombia, especialmente la Resolución 1995 de 1999 del Ministerio de Salud, la historia clínica es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva, por lo que su acceso está estrictamente limitado. Pueden acceder a la historia clínica y a los documentos clínicos derivados de la atención (fórmulas médicas, órdenes, incapacidades, certificados y recomendaciones) únicamente las siguientes personas o entidades: el paciente, como titular de la información; el representante legal del paciente, en los casos de menores de edad o personas legalmente no autónomas; el profesional de la salud que atiende o ha atendido al paciente y que, por razones asistenciales, requiere consultar dicha información; otros profesionales de la salud que participen en la atención del paciente, cuando el acceso sea necesario para garantizar la continuidad del cuidado; autoridades judiciales o administrativas, únicamente cuando exista orden legal expresa; entidades autorizadas por la ley, en los casos y condiciones expresamente previstos en la normatividad vigente. En todosalud, que no actúa como prestador de servicios de salud, el acceso a esta información se realiza a través de mecanismos tecnológicos seguros y controlados, garantizando la confidencialidad, trazabilidad y protección de los datos, de modo que solo puedan acceder quienes estén legalmente autorizados.